Ante la "amenaza" de EE.UU., Maduro decreta conmoción exterior en Venezuela.
Ante presuntas amenazas provenientes de Estados Unidos, el mandatario venezolano, Nicolás Maduro, promulgó un decreto de estado de excepción por agitación internacional.
Esta medida le confiere facultades extraordinarias en materia de defensa y seguridad nacional. El gobierno de EE.UU. ha movilizado embarcaciones navales al Caribe, ostensiblemente para luchar contra el tráfico de drogas, si bien Maduro alega que se trata de una estrategia encubierta para promover un cambio de gobierno en su país.
El líder del régimen de Venezuela, Nicolás Maduro, firmó un decreto de conmoción externa ante las que denuncia como “amenazas” de Estados Unidos (EEUU), informó este lunes su mano derecha, la vicepresidenta ejecutiva, Delcy Rodríguez, en un encuentro con el cuerpo diplomático acreditado en la nación suramericana.
La funcionaria explicó que este decreto “le da poderes especiales al jefe de Estado para actuar en materia de defensa y seguridad” en caso de que EEUU “se llegara a atrever a agredir” a Venezuela.
Cabe recordar que EEUU mantiene un fuerte despliegue militar cerca de las aguas del país caribeño. Según la Administración de Donald Trump, dicha operación tiene por objetivo combatir el narcotráfico. No obstante, Caracas denuncia que se trata de un plan para provocar un “cambio de régimen”.
El Estado de Conmoción que se implementaría en Venezuela
La medida ya había sido adelantada la semana pasada por Maduro, a poco más de un mes desde que se comenzaron a elevar las tensiones entre Venezuela y Estados Unidos, luego que la potencia norteamericana desplegara 8 buques de guerra y un submarino en el Caribe.
De manera oficial, la administración de Trump ha acusado a Maduro de liderar el llamado “Cartel de los Soles”.
“Estamos en preparación de sendos decretos (…) para cualquier escenario que se presente. Venezuela saldrá adelante”, dijo en aquella oportunidad el líder del chavismo desde el Palacio de Miraflores.
Si bien no dio más detalles sobre qué implica la declaratoria, a continuación revisamos algunos puntos que señala la normativa venezolana, recogida por Deutsche Welle (DW):
Un estado de conmoción, ya sea interior o exterior, es una facultad que otorga el artículo 338 de la Constitución de Venezuela “en caso de conflicto interno o externo, que ponga seriamente en peligro la seguridad de la Nación, de sus ciudadanos y ciudadanas, o de sus instituciones”.
De acuerdo con la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción el estado de conmoción permite “dictar medidas de orden social, económico, político o ecológico cuando resulten insuficientes las facultades de las cuales disponen ordinariamente los Órganos del Poder Público para hacer frente a tales hechos”.
Artículo 17. Decretado el estado de excepción, toda persona natural o jurídica, de carácter público o privado, está obligada a cooperar con las autoridades competentes para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza, con la correspondiente indemnización de ser el caso.
Artículo 18. El incumplimiento o la resistencia a la obligación de cooperar establecido en el artículo anterior, será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las respectivas leyes.
Artículo 19. Decretado el estado de excepción, se podrá limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad, tomar las medidas necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción.
Artículo 20. Decretado el estado de excepción, se podrán hacer erogaciones con cargo al Tesoro Nacional que no estén incluidas en la Ley de Presupuesto y cualquier otra medida que se considere necesaria para regresar a la normalidad, con fundamento en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la presente Ley.
Artículo 21. El decreto que declare el estado de excepción suspende temporalmente, en las leyes vigentes, los artículos incompatibles con las medidas dictadas en dicho decreto.
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