Las eventuales sanciones que podrían enfrentar las AFP por apuesta que terminó en pérdidas del fondo E

Ni las propias AFP imaginaban el impacto que iba a generar el tema. Las administradoras creían, por cierto, que los resultados de un mes en particular, o el uso de swaps iban a ser un tema de discusión para los técnicos y no finalmente en lo que se ha convertido.

Titulares en todos los medios de comunicación durante ya una semana y todos los días, conociendo nuevos antecedentes respecto a lo que llevó a esta abrupta caída del Fondo E y ahora también se suma al debate el Fondo D, los dos más conservadores de los cinco multifondos.

Ayer, la Superintendencia de Pensiones (SP) decidió iniciar un proceso sancionatorio a cada una de las siete AFP para indagar las posibles responsabilidades en las decisiones de inversión y evaluar si eventualmente incumplieron o no el deber fiduciario. Con todo, se está lejos de lo que va a ser el veredicto final.

La normativa dice que las administradoras de los fondos de pensiones deben realizar todas las gestiones necesarias “para cautelar la obtención de una adecuada rentabilidad y seguridad en las inversiones de cada uno de los fondos que administran”.

En esta línea, deben atender “exclusivamente al interés de esos fondos” y que las operaciones financieras con recursos para las pensiones “persigan esos objetivos”. En la práctica, fue algo que finalmente no se consiguió, considerando que el objetivo principal del Fondo E no es maximizar la rentabilidad, sino proteger los ahorros.

Ahora bien, ¿qué sanciones pueden arriesgar las AFP ante el escrutinio de la Superintendencia de Pensiones?

Durante el martes, el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, quien apoyó el inicio del proceso sancionatorio, sostuvo que cuando el director de una administradora falta a su obligación de diligencia y cuidado de los fondos, “responde con el patrimonio”.

Carlos Smith, docente investigador de la Universidad del Desarrollo (UDD), explicó que mientras no se litiga, no se paga, y los plazos son bastante largos. La resolución puede tardar seis meses desde la formulación de cargos una vez sea notificada. Luego podrían a venir los recursos de reclamación ante la Corte de Apelaciones.

El académico agregó que hay una de las herramientas que puede hacer uso la Superintendencia: “Puede poner los antecedentes ante la Junta de Accionistas para remover a directores o gerentes. Y en una industria que vive de la confianza, eso es bastante doloroso y puede doler incluso más que una multa”.

Pero si se aplica una multa, esta va directamente al fisco. Es decir, ningún afiliado va a recuperar ni un solo peso por esa vía.

Con un escenario hipotético, el tope legal de las multas es de 15.000 UF por AFP, equivalentes a cerca de $678 millones. Si se aplicara esta sanción máxima a las siete administradoras, equivaldría a unos US$4.400 millones.

A su vez, en entrevista con El Mercurio, el superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, señala que este proceso podría durar alrededor de nueve meses.

Respecto a si existe alguna forma donde se podría compensar a los afectados por las pérdidas de sus ahorros, Víctor Silva, académico del Departamento de Economía de la Universidad de Santiago, dijo que la ley no tiene una herramienta directa para ello.

La normativa que rige al sistema de pensiones contempla la conocida como rentabilidad mínima, donde si una administradora obtiene en un fondo una rentabilidad muy por debajo versus el promedio de sus competidores, debe compensar a sus afiliados justamente por esa diferencia, mediante el llamado encaje.

Pero acá es la gran piedra de tope: ¿qué fue lo que ocurrió? Las pérdidas fueron similares en todas las AFP, este denominado efecto manada y por eso, dice el académico, en este caso esa regla no aplicaría.

“¿Significa que la plata vuelve a las cuentas? No directamente, porque una multa no se deposita en el fondo de nadie. Pero si el regulador concluye que hubo incumplimiento, los afiliados quedan en una posición mucho más fuerte para exigir que les reparen el daño, ya sea en tribunales, donde ya hay varios recursos de protección presentados, o presionando a las AFP para que ofrezcan una compensación voluntaria”, dijo Silva.

Si bien no son casos idénticos, hay ciertos precedentes que podrían servir de marco para una eventual compensación.

Por ejemplo, en 2011, AFP Cuprum se multó con 1.500 UF por exceder los límites de inversión en bonos de La Polar, lo que causó un perjuicio a los afiliados. En el mismo caso, el regulador, antes de esta multa, había notificado a Cuprum su obligación de indemnizar a los fondos estos perjuicios.

Un swap es una especie de “trueque” donde dos partes acuerdan intercambiar pagos de dinero a futuro. Dicho extremadamente en simple: “tú me pagas un porcentaje fijo pase lo que pase, y a cambio yo te pago un porcentaje variable según cómo esté el mercado”.

En este caso, las siete AFP en manada apostaron a estos “trueques” con bancos internacionales. En términos simples, las AFP se aseguraban de recibir siempre un porcentaje fijo (por ejemplo, 4), y se comprometían a pagar lo que dictara la tasa de interés de EEUU.

Con esto, las AFP buscaban asegurar una ganancia fija para el Fondo E, apostando a que las tasas en EEUU iban a bajar (por ejemplo, a 2), quedándose con la diferencia a favor. Pero toda esta fórmula funcionaba solo si las tasas de EEUU bajaban… y no bajaron: subieron. Al subir, las AFP terminaron obligadas a pagarles a los bancos mucho más de ese 4 fijo que recibían.

Con lo anterior, los contratos perdieron valor masivamente, acumulando pérdidas por US$11 mil millones para el conjunto del sistema.